Contrato que firmaban las maestras en Uruguay

CONTRATO QUE FIRMABAN LAS MAESTRAS CON EL CONSEJO NACIONAL DE EDUCACIÓN -

CONTRATO DE MAESTRAS AÑO 1923

'Este es un acuerdo entre la señorita............maestra, y el Consejo de Educación y de la Escuela por el cual la señorita .................................acuerda impartir clases por un período de ocho meses a partir del.......................de 1923.
La señorita acuerda:
1- No casarse. Este contrato quedara automáticamente anulado y sin efecto si la maestra se casa.
2- No andar en compañía de hombres.
3- Estar en su casa entre las ocho de la tarde y las seis de la mañana, a menos que sea para atender una función escolar.
4- No pasearse por las heladerías del centro de la ciudad.
5- No abandonar la ciudad bajo ningún concepto sin el permiso del presidente del Consejo de Delegados.
6 - No fumar cigarrillos. Este contrato quedara automáticamente anulado y sin efecto si se encontrara a la maestra fumando.
7 - No beber cerveza, vino ni otras bebidas espirituosas. Este contrato quedará automáticamente anulado y sin efecto si se encontrara a la maestra bebiendo....
8 - No viajar en ningún coche o automóvil con ningún hombre excepto su hermano o su padre.
9- No vestir ropas de colores brillantes.
10 - No teñirse el pelo.
11 - Usar al menos dos enaguas
12 - No usar vestidos que queden a mas de cinco centímetros por encima de los tobillos.
13 - Mantener limpia el aula.:
a) Barrer el suelo del aula al menos una vez al día.
b) Fregar el suelo del aula al menos una vez por semana con agua caliente y jabón.
c) Encender el fuego a las siete, de modo que la habitación esté caliente a las ocho cuando lleguen los niños.
d) Limpiar la pizarra una vez al día.
14 - No usar polvos faciales, no maquillarse ni pintarse los labios.

Fuente: 'La Revista del Consejo Nacional de la Mujer' Año 4, Nro. 12

Contrato que firmaban las maestras en Uruguay

Foto: Google images

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