Los besos no consentidos no son acoso laboral

Propinar “palmadas en las nalgas, tocamientos y besos inconsentidos” no son conductas que puedan calificarse legalmente como “acoso sexual”. Así lo entiende la Audiencia Provincial de Madrid que, en una sentencia, absolvió al titular de una farmacia al que dos empleadas habían acusado de estos actos. El...